La devolución de las percepciones por gastos en el exterior

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Inició un nuevo año fiscal. Con él, la AFIP habilitó el servicio que permite solicitar la devolución vía CBU de las percepciones sufridas por compra de moneda extranjera y consumos realizados con tarjetas en el exterior. En este post les contamos cómo se realiza dicho trámite.

Para empezar, es necesario aclarar que no todos pueden solicitar esta devolución en cuenta bancaria. Está destinada a personas físicas que NO estén ni deban estar inscriptas en Ganancias o Bienes Personales. Están comprendidos monotributistas y trabajadores en relación de dependencia que no hayan sufrido retenciones de Impuesto a las Ganancias por parte de su empleador en el 2022. En el caso de haber sufrido retenciones vía recibo de sueldo deberán solicitar la devolución a través del SIRADIG. Se hará efectiva en la liquidación anual que el empleador realizará en abril próximo.

También pueden pedir la devolución aquellos que estén inscriptos en Bienes Personales pero no en Ganancias, para las percepciones de Ganancias; y aquellos que estén inscriptos en Ganancias pero no en Bienes Personales, para las percepciones realizadas a cuenta de Bienes Personales. Estas últimas hicieron su debut a finales del período fiscal 2022 cuando las compras en el mes superan los 300 dólares.

El Administrador de Relaciones permite agregar los servicios “Mis Retenciones” y “Devolución de Percepciones” que vamos a usar

Si cumplís con los requisitos, podés iniciar el trámite. Hay que tener clave fiscal (se tramita muy fácil con la app de AFIP), CUIT (se realiza desde inscripción digital) y declarar la CBU donde se quiere recibir el reintegro en el apartado Declaración de CBU en el sitio de AFIP, ingresando con clave fiscal. También hay que tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico.

Luego debemos ir al Administrador de Relaciones para dar de alta el servicio mediante el cual solicitaremos la devolución. Se denomina Devolución de Percepciones. El sistema va a pedir que confirmemos la adhesión y luego deben volver a ingresar al sitio de AFIP con su clave para ver adherido el servicio.

Hay que generar una declaración jurada para cada mes donde tengamos percepciones. Podemos visualizarlas desde el servicio “Mis Retenciones”. En el filtro “Impuesto retenido” hay que elegir “217 – SICORE- Impuesto a las Ganancias” y “217 – SICORE – Impuesto sobre los Bienes Personales”.

afip percepciones devolución
Recuerden que si gastaron más de 300 dólares en un mismo mes a partir de Octubre también quedaron sujetos a la percepción de Bienes Personales y esa también es pasible de devolución
Devolución de percepciones Afip

Ya en el servicio Devolución de Percepciones, vamos a “Nuevo” para generar nuestra primera solicitud. Una vez que carguemos el mes y el año por el cual solicitaremos la devolución, continuamos a la pantalla siguiente y ahí aparecerán las percepciones que nos hayan realizado sin necesidad de cargarlas. Si alguna no aparece se podrá cargar manualmente desde la factura. Si estamos de acuerdo con la información mostrada, vamos al final de la pantalla, le damos siguiente, clickeamos en “Presentar” y la solicitud quedará generada.

Podemos visualizar la solicitud presentada desde la pantalla de inicio de este servicio, pero en vez de “Nuevo” elegiremos la opción “Buscar” y buscamos el mes y año de la solicitud que cargamos para poder verla.

Si son monotributistas, tengan en cuenta que AFIP pone como requisito no tener deuda de Monotributo para realizar el reintegro. Si la tuvieran, les van a avisar a través de Domicilio Fiscal Electrónico, deberán cancelar la deuda y generar la/s solicitud/es nuevamente.

Desde ya la AFIP fiscalizará las solicitudes y verificará si corresponde la devolución o no. En caso de que el fisco solicite más información, lo informará por Domicilio Fiscal Electrónico también, así que estén atentos.

¿Cómo hacer el seguimiento del trámite? Ingresando también a Devolución de Percepciones, van a “Buscar”, ingresan mes y año y en “Acciones”, eligiendo la opción Seguimiento, podrán ver el estado de la solicitud.

¿Cuándo las devuelven? Toda una incógnita…

18 comentarios

  1. Hola, les consulto con relación a este tema, ya que por ahí les pasó parecido al agregar a Nico en los vuelos. Ayer agregamos a nuestra bebé a la reserva que tenemos por KLM de Smiles. Llamamos al call center de KLM y pagamos la tarifa de ella, que lógicamente incluye las percepciones.
    Ahora bien, no me pidieron en ningún momento su número de dni ni el mío ( pagué con mi tarjeta, sólo me pidieron mi nombre y los datos de la tarjeta).
    Mi duda es si va a aparecer para poder recuperarlo ya que desde KLM no asociaron esos pagos a cuenta a ningún documento.
    Después volví a llamar al call center, pero no tienen no idea de nada.

    • Hola Vero, hay que ver como llega ese consumo en la tarjeta. Si entra en dolares listo, ya te lo podés tomar para la devolución sin problemas.

      En caso de que ingrese en pesos, deberás cargar manualmente el ticket o detalle del cargo que te haya mandado KLM como constancia del pago.

      Saludos!

      • Mil gracias!!

        En este caso es un consumo en pesos. Lo factura directamente la aerolínea argentina en este caso.

        El único comprobante que me mandaron tiene el itinerario del vuelo a nombre de mi hija y el monto pagado (no dice ni quién lo pagó ni con qué tarjeta ni nada). Es el mismo de cuándo uno hace una reserva, y te mandan el itinerario.

        Quise pedir algún tipo de factura electrónica (con más datos), pero me dijeron que al ser la reserva principal con Smiles, no podían.

        • Hola Vero! Cuando llegue el momento de computarte esa percepción en Ganancias o pedir la devolución, seguramente te va a aparecer en el servicio Mis Retenciones de AFIP. El CUIT del agente de retención va a ser el de KLM. Si no aparece deberás cargarla a mano con el ticket electrónico. Ahí la percepción debería estar desagregada. Te aparece? Saludos

  2. Hola chicos! Una consulta: a partir de cuándo se pueden empezar a cargar dichas devoluciones? Ejemplo: hicimos unas compras en un crucero en febrero 2023 y nos dijeron que no podemos presentarlas hasta el año que viene y luego esperar otro año más para la devolución. Es decir 2 años para terminar el proceso, es así?

    • Hola Cecilia! Todo lo que sea percepciones del año 2023 podrán cargarse finalizado el año fiscal, es decir, a partir de enero 2024. Luego el proceso de devolución no tarda un año más; este año por ejemplo en un mes ya habíamos cobrado las devoluciones (cargamos las solicitudes en enero y las cobramos en febrero). Lo cuento en el otro post sobre percepciones. Saludos!

      • Gracias!!! Hace unos días presentamos dichos gastos y en el estudio que nos asesora nos dice que la devolución no se hace sino que quedará a cuenta de ganancias… Pero mí marido hace años que no paga ganancias entonces queda dicha devolución eternamente pendiente. Mí marido es empleado en relación de dependencia, presenta ganacias y BBPP todos los.años y en los últimos no tuvo que pagar ninguna de las 2 por estar por debajo del tope. Es correcto lo que me dicen? Desde ya mil gracias!

        • Hola Cecilia! Tu marido está inscripto en Ganancias y Bs Personales? Si está inscripto, si, la devolución se pide exteriorizando el saldo a favor en la declaración jurada determinativa y luego se pide la devolución a través de otro aplicativo. Si sólo presenta la informativa, se hace cargándolas en Siradig y la devuelve el empleador por recibo. Saludos!

  3. Hola dani, como va? necesito tu asesoramiento.Le estoy haciendo el tramite a mi cuñado para pedir las percepciones de 2022. Cuando sigo el instrUctivo, pongo el periodo y me salta
    “Para solicitar la devolución es necesario que tengas CUIT. Para obtenerla, ingresá en INSCRIPCIÓN DIGITAL”.
    ayudaaa jaja.

  4. Gracias dani, sos una genia. Pude llegar solo hasta Administrador de sistemas para adherir la devolucion de percepciones, pero no deja avanzar porque me tira un mensaje de error de la pagina que indica comunicarse con afip. gracias igualmente

  5. Hola. Tengo compras realizadas con tarjeta de crédito en el exterior. Soy empleada (sin percepción de ganancias ni bienes personales), y monotributista (categoría más baja). Me corresponde ésa devolución??? Los vuelos los pagué en efectivo. Corresponde devolución de algún impuesto??

    • Hola Marita! Si, si tenés compras con tarjeta de crédito en el exterior con seguridad te hicieron esas percepciones. Si no tuviste retenciones por recibo de sueldo de tu empleador en el 2023, corresponde que inicies el trámite de devolución como explicamos acá. Saludos!

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